Javier Recalde Martinez secretario de tránsito manifestó que no está facultado para sancionar plataformas digitales que prestan este servicio.
Por www.narinonoticias.com
Es latente la problemática de movilidad en la capital de Nariño, varios fenómenos de movilidad que se han convertido en una problemática social, debido a los altos índices de desempleo e informalidad, fenómenos informales como el mototaxismo y ahora las plataformas con UBER e InDriver tienen en Jaque a la secretaria de tránsito y al gremio de taxistas.
¿PUEDE SANCIONAR EL SECRETARIO DE TRÁNSITO DE PASTO A LAS PLATAFORMAS?
Si usted creía que la respuesta es un SI pues la respuesta es NO, el funcionario tiene competencias de movilidad y Transito establecidas en la ley 769 de 2002 y bajo ninguna circunstancias puede prohibir o sancionar a quien utilice estas plataformas. Esto es competencia de Ministerio de las TICS y debe regularse a nivel nacional.
¿QUE PUEDE HACER TRÁNSITO MUNICIPAL?
Los operarios y dispositivos de ley para mitigar impactos negativos en movilidad, solicitud de documentos, inmovilizaciones por no porte de los mismos, por conducir sin elementos reglamentarios, en estado no apto para manejar y a quienes sean sorprendidos prestando un servicio público en un vehículo privado y hasta por 5 días, la inmovilización del carro, pero, cualquiera puede tener su APP y solicitarlo y en ese sentido la dependencia no puede hacer nada, es un tema de regulación nacional.